Inmobiliaria

En Pons Sabaté gestionamos la compra, venta y alquiler de todo tipo de inmuebles.

Edificio residencial gestionado para alquiler por inmobiliaria en Horta Guinardó, Barcelona, Catalunya

Alquilamos tu inmueble de principio a fin

Realizamos todo el proceso necesario para alquilar tu propiedad. Visitamos el inmueble, lo valoramos, hacemos una sesión de fotos y lo publicitamos en las principales plataformas para encontrar al inquilino ideal.

Filtramos candidatos para garantizar seguridad y solvencia

Cada posible inquilino pasa por una visita al inmueble y por un filtro de solvencia antes de ser presentado a la propiedad. Una vez el propietario elige al candidato más adecuado, nos encargamos de toda la gestión legal y administrativa
Profesional firmando contrato digital para gestión de alquileres seguros en Horta Guinardó, Barcelona, Catalunya

Casas y pisos en venta

En Pons Sabaté, trabajamos para satisfacer todos los ámbitos del sistema inmobiliario. Nos caracterizamos por el trato directo y la atención personalizada. Nos esforzamos por alcanzar los objetivos de nuestros clientes.
INMOBILIARIA

Servicio de administración del alquiler

Después de todo el proceso inicial, también ofrecemos el servicio de administración de la vivienda. En este caso, los inquilinos no tendrán contacto directo con la propiedad, ya que nosotros actuamos como intermediarios y contacto de referencia. Nos hacemos cargo de la gestión diaria: atención de emergencias, soluciones para el hogar y mediación con la comunidad o la propiedad.
Gestión administrativa y técnica de vivienda en alquiler desde oficina inmobiliaria en Horta Guinardó, Barcelona, Catalunya

En caso de venta

Nos encargamos de todo el proceso para garantizar una venta rápida y segura

Visita y valoración

Visitamos el inmueble y determinamos el mejor precio de salida según el mercado actual.

Promoción

Hacemos una sesión de fotos, lo ofrecemos a nuestra cartera de clientes y lo publicamos en los principales portales inmobiliarios para darle máxima visibilidad.

Gestión de visitas

Coordinamos y realizamos las visitas con posibles compradores interesados, asegurándonos de presentar el inmueble de la mejor forma.

Negociación y cierre

Una vez encontrado el comprador, gestionamos la paga y señal, redactamos el contrato de arras y te acompañamos durante todo el proceso hasta la firma en notaría.

Postventa

Tras la venta, nos ocupamos de la gestión de impuestos y plusvalía municipal.

Dudas frecuentes

El proceso incluye la búsqueda del inmueble, negociación del precio, firma de un contrato de arras (opcional), verificación legal, firma de la escritura ante notario y registro de la propiedad.

Los principales gastos incluyen el pago del notario, impuestos (como el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o IVA), gastos de registro y honorarios de gestoría si se contrata una.

Como vendedor deberá aportar la escritura de propiedad, cédula de habitabilidad, certificado de deuda cero si hay hipoteca, recibo de IBI, certificado de eficiencia energética, últimas facturas de suministros, entre otros.

El vendedor debe pagar la plusvalía municipal y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por la ganancia obtenida en la venta, salvo excepciones.

Se puede solicitar una Nota Simple en el Registro de la Propiedad, donde se reflejan hipotecas, embargos u otras cargas que puedan afectar al inmueble.

Es recomendable, ya que la agencia inmobiliaria se encarga de la intermediación entre comprador y vendedor en una operación de compraventa de inmueble. Además, ofrece servicios como la valoración, promoción de inmuebles, asesoramiento legal y financiero, gestión de visitas y negociaciones.

Te ofrecemos un trato cercano y familiar, así como un servicio personalizado. Te facilitamos toda la información legal que nos solicites antes de la firma del contrato de arras.
En el actual tan competitivo mercado inmobiliario, escoger una buena agencia es fundamental a la hora de asegurar el éxito en la compraventa.

Si el comprador incumple el contrato, pierde la cantidad entregada como señal. Si el incumplimiento es del vendedor, debe devolver el doble de la señal recibida.  

Sí, se puede vender, pero el vendedor deberá liquidar la deuda con el banco antes de la firma de la escritura y aportar un certificado de saldo cero.

La venta se finaliza cuando ambas partes firman la escritura pública ante notario y se inscribe en el Registro de la Propiedad a nombre del comprador.

Vivienda

La duración de un contrato de vivienda habitual es de 5 años, en el caso de que el arrendador sea una empresa son 7 años.
En caso de alquiler de temporada, la temporalidad la decide el inquilino, con su documentación de acreditación de su estancia aquí.

Sí se puede rescindir, pero hay penalización. Los primeros 6 meses se pagan íntegros y después, a los 7, se paga una mensualidad que se va disminuyendo según los meses que queden hasta cumplir la anualidad.

Es obligatorio un mes de fianza, que se depositará en INCASOL, pero por norma general se suelen pedir dos, que es el máximo en contratos de 5 años. El segundo mes de fianza, se le suele llamar, garantía adicional, y se puede ingresar a INCASOL o lo puede guardar el propietario.

Sí el IPC (Índice de precios al consumidor). Se aplica cuando tu contrato llega a la anualidad. Mucha gente se confunde y piensa que es a principio de cada año, pero se va calculado mensualmente por el INE (instituto nacional de estadística) y se te aplicará el del mes en el que iniciaste el contrato. Los contratos firmados a partir del mes de marzo de 2024, se calculará con el nuevo cálculo del IPC calculado por el INE también.

Ha de estarlo, pero hay dos maneras de calcular el precio del alquiler, según la situación del último contrato y del tipo de arrendatario. Si el inmueble estaba alquilado hay que
actualizar el precio con el IPC, si no estaba alquilado hay que aplicar el precio establecido por el índice de referencia. En caso de los grandes tenedores, propietarios con cinco o más inmuebles, han de hacer los dos cálculos y elegir el que más económico para el inquilino.

La vivienda ha de tener Certificado energético y Cedula de habitabilidad vigente al alquilarse. Si se caduca durante la vigencia del contrato no pasa nada, es recomendable
renovarla, pero no obligatorio hasta que no se necesite para un trámite o volver a alquilar la vivienda.

Siempre entregamos un inventario fotográfico de los elementos del piso y fotografías del estado general del piso en el momento de la firma de contrato.

El inquilino no debe de abonar nada a la agencia inmobiliaria al alquilar un piso.

El impuesto modelo 600 de inquilino (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales).
Cambio de nombre de suministros.
Contrato una seguro de responsabilidad civil.

Alquiler

Siempre es una base, más el IVA, menos el IRPF.
Dependiendo de la actividad, alguna no tiene IRPF.

Hay que entregar mínimo dos meses de fianza, dependiendo de la actividad se pueden solicitar más.

Los contratos de alquiler de local son un paco entre las dos partes, no hay ni un mínimo ni un máximo establecido. Normalmente la propiedad requiere un año de estancia mínima
como condición.

Algunos sí, sino el inquilino es quien se debe encargar de realizar la solicitud de licencia, según su actividad.

Ha de estar al día de pago de suministros, si están de alta. No están obligados a entregar el local con los suministros dados de alta.

Necesitar una autorización por parte de la propiedad para realizar obras y modificaciones.

¿TIENES ALGUNA PREGUNTA?

En Pons Sabaté resolvemos tus preguntas sobre inmobiliaria: compra, venta y alquiler; valoraciones; contratos; impuestos y plazos.